domingo, 30 de septiembre de 2007

Sigue la lucha «Por el San Juan de todos

Sigue la lucha «Por el San Juan de todos
Por: Àngel Libardo Herreño - Enviar Correo al Autor - Más Artículos del Autor
Las luchas por la defensa de los derechos sociales deben ser estratégicas y planificadas, a mediano y largo plazo. Con este propósito, 25 organizaciones sociales y no gubernamentales celebraron durante los días 1 y 2 de agosto de 2007 el Primer Encuentro sobre Estrategia Jurídica y Social por el San Juan de Dios de Bogotá.
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Seis paneles sirvieron para realizar un balance de la problemática social y jurídica por la que atraviesa el Centro Hospitalario Universitario San Juan de Dios: (i) origen y trayectoria histórica del San Juan de Dios, (ii) análisis del aspecto jurídico de la crisis, (iii) construcción de redes para la exigibilidad de los derechos humanos, (iv) crisis del San Juan en el marco de la política neoliberal de salud, (v) construcción colectiva de estrategias de exigibilidad social y jurídica y (vi) situación de la prestación de servicios de salud en Bogotá. También sesionaron dos mesas de trabajo, una social y otra jurídica, con el propósito de diseñar estrategias de corto, mediano y largo plazo para enfrentar la problemática del Centro Hospitalario. Se presentó asimismo la página www.justiciaensalud.olimpo.org, que permitirá la comunicación e integración de las luchas por el derecho a la salud en Colombia.

Situación jurídica actual del Centro Hospitalario San Juan de Dios

Mediante fallo del Consejo de Estado de marzo de 2005, se precisó la naturaleza jurídica de Derecho público del Centro Hospitalario Universitario San Juan de Dios (CHSJD), anulándose los Decretos 290/79, 1374/79 y 371/98, por los cuales el poder ejecutivo había creado ilegalmente la Fundación San Juan de Dios (FSJD), supliendo la voluntad del fundador y adoptando los estatutos de la misma.

Lo que el fallo estableció fueron las siguientes cosas:

• El CHSJD no es continuación del antiguo Hospital San Pedro, que tuvo su origen en la donación hecha por fray Juan de Los Barrios y Toledo, consistente en unas casas de su propiedad que entregó por escritura pública otorgada en 1564 en la ciudad de Santa Fe del Nuevo Reino de Granada, para que se destinaran al funcionamiento de un hospital de atención para pobres, ya fueran españoles o naturales. El CHSJD (originalmente Hospital de Jesús, María y José) es una institución de beneficencia completamente diferente en su origen, en su naturaleza jurídica, en su orientación administrativa, constitución y patrimonio, ya que nació de una Cédula Real del Rey Felipe V, de 1723, y se construyó con dineros de los Hermanos de San Juan de Dios.
• La diferencia estriba en que el Hospital San Pedro se creó por una voluntad particular (la del fraile), mientras el CHSJD por una voluntad pública (un patronato del Rey Felipe V, bajo el régimen del derecho público de las Leyes de Indias). El Hospital San Pedro es una fundación de las contempladas en el Código Civil, en tanto que el Hospital San Juan de Dios es una institución de beneficencia de carácter oficial.

• En consecuencia el CHSJD nunca ha tenido la calidad de fundación, y desde su creación e institucionalización como entidad de beneficencia siempre ha pertenecido al sector público. Para la época de expedición de los decretos anulados, era un bien de propiedad del departamento de Cundinamarca-Beneficencia de Cundinamarca, así estuviera intervenido por el Ministerio de Salud para efectos de su administración. El CHSJD nunca gozó de los atributos propios de las personas morales o jurídicas privadas, esto es, la capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones. Siempre fue dependiente de las entidades territoriales que lo regentaron.
• Así que cualquier clase de regulación para su funcionamiento y desarrollo debía partir de la Asamblea o del Gobierno Departamental y en manera alguna del Ejecutivo Nacional, en razón de que los bienes territoriales son de su exclusiva propiedad y gozan de autonomía para la gestión de sus intereses y la administración de sus asuntos (Constitución Política, artículos 287, 298 y 300, numerales 7, 9 y 362). De esto resulta que los decretos demandados son nulos por violar los artículos 121, 189 num. 26, 298, 300 num. 9 e inc. Final, y 362 de la Constitución de 1991.
• Hizo notar el fallo, además, de que las instituciones que forman parte del CHSJD se encuentran protegidas de manera especial por la Ley 735 de 2002, que las declaró monumentos nacionales y patrimonio cultural de la nación.

Por lo menos tres son los efectos inmediatos de la sentencia de nulidad proferida por el Consejo de Estado:

• Al ser declarados nulos los Decretos 290 de 1979, 1374 de 1979 y 371 de 1998, por los cuales se creó la Fundación San Juan de Dios y se le dieron sus estatutos, el CHSJD vuelve a ser una entidad de Derecho público a cargo de la Beneficencia del departamento de Cundinamarca.
• Las personas naturales que laboran en el CHSJD adquirieron la condición de servidores públicos (art. 123 CP), bien en calidad de trabajadores oficiales, bien como empleados públicos, sin perjuicio de los derechos adquiridos en vigencia de la Fundación.
• Los bienes donados a lo largo de la historia al CHSJD constituyen patrimonio público, es decir, se rigen por el campo del Derecho público administrativo al ser un atributo de la persona jurídica del Estado (encarnado en el CHSJD), con el cual cumple sus fines y obligaciones. La nulidad provocó el decaimiento o pérdida de la fuerza ejecutoria de los actos administrativos (art. 66 num. 2 CCA), en la medida en que desaparecieron sus fundamentos de hecho y de derecho. Por tanto, todos los negocios jurídicos de disposición del patrimonio público del CHSJD, realizados a la sombra de los decretos anulados desde 1979, son nulos y tal patrimonio público debe ser reintegrado con todos sus rendimientos.

Lo que se ve a primera vista es que las decisiones tomadas a partir del fallo por parte de la Gobernación de Cundinamarca, entre ellas la decisión de liquidación de la Fundación, pueden estar incurriendo en un desacato o fraude a resolución judicial, más si en este proceso se continúa disgregando el patrimonio público del CHSJD.

Aunque el Ministerio Público advirtió en agosto de 2005 que no se puede liquidar lo que no ha existido, el proceso liquidatorio se abrió paso. Gracias al Decreto 00099 de 2006, expedido por la Gobernación de Cundinamarca bajo el aval del Acuerdo Marco suscrito entre la extinta FSJD, el Ministerio de la Protección Social, la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Procuraduría (que intervino como mediadora) para avanzar en la viabilidad operativa del Instituto Materno Infantil, se designó liquidador de la FSJD.

El resultado que se debería esperar de la liquidación de la FSJD es el reintegro del patrimonio público del CHSJD. Este fin es bastante complicado si se tiene en cuenta la respuesta dada por la Gerente de la Beneficencia de Cundinamarca el 13 de octubre de 2006 (ref: BEN-GG 00662) a un derecho de petición en el cual se indagaba por la disposición que esta entidad había hecho de los terrenos de la Hacienda El Salitre, donada por José Joaquín Vargas en los años 30 del siglo pasado.

La Beneficencia de Cundinamarca manifiesta no tener información completa sobre los negocios jurídicos y los costos de los terrenos vendidos de la Hacienda El Salitre (con una extensión original de 2.200 fanegadas, según consta en la Escritura 2451 de septiembre de 1937) a las entidades de carácter nacional que se encuentran en estos predios, igual que de las entidades privadas (como las sedes de los periódicos El Tiempo, El Espacio y El Espectador), de la sede de la Embajada de los Estados Unidos o de megaproyectos de vivienda como la Ciudadela El Salitre.

Señala que sobre un examen efectuado al certificado de tradición y libertad de la matrícula inmobiliaria Nº 50C 6264 de la Hacienda, se constató que existe un total de 2.092 anotaciones de negocios jurídicos. En 1937, la Beneficencia realizó una venta parcial a la Nación de la hacienda de 2.000 fanegadas (el 91 por ciento del predio), por lo cual la gran mayoría de las entidades del orden nacional localizadas hoy en esos predios tiene su origen en el desenglobe posterior de esos terrenos.

En ninguna de las anotaciones hechas en el certificado de tradición se halló evidencia de venta alguna por parte de la Beneficencia de Cundinamarca a la Embajada de los Estados Unidos en la Avenida Eldorado. Y respecto a los lotes de terreno donde están las sedes de los diarios El Tiempo, El Espacio y El Espectador, solamente se encontró en la anotación 2006 (Escritura 5810 de 1973, de la Notaría Primera de Bogotá) la venta de un área de 6.858.75 metros cuadrados al periódico El Espacio, sin conocerse el valor de dicho acto.

La breve descripción realizada de la situación jurídica del CHSJD, sin considerar los efectos en materia laboral, civil y de responsabilidad administrativa en el manejo del patrimonio público del CHSJD, ya muestra la complejidad del problema a que se enfrenta el movimiento social que defiende esta entidad. El cumplimiento de la sentencia del Consejo de Estado y de sus efectos es el nuevo escenario que debe valorarse en la lucha social por la defensa del CHSJD. El estudio y la exigibilidad de los efectos jurídicos del fallo ameritan un minucioso trabajo jurídico y de creciente resistencia social

viernes, 28 de septiembre de 2007

Nuevo Referendo para Colombia. En defensa de la salud, la educación y lo servicios públicos


Enviado por Popayán el Jueves, 23/08/2007 - 5:25pm.
Nación
"Nuestro Referendo va ha ser contrastante con el del Referendo del presidente Uribe, recuerden que hace 4 años estábamos justamente combatiendo el Referendo del presidente que era una burla a la democracia participativa, un esperpento que no estaba al alcance de los electores, que no estaba al alcance del constituyente primario, naturalmente para que le dieran la firma y entonces legitimar una propuesta completamente perversa para la democracia colombiana. Y el constituyente primario por fortuna no le dio ese aval. Nosotros hemos elegido ese camino para mostrar como se hace un Referendo, cuales son las preguntas que hay que formular, de lo que se trata es de que le mostremos al presidente Uribe que no estamos de acuerdo con su propuesta desmanteladora de la Constitución del 91 y que el constituyente primario que él convocó de una manera frustránea nos va a acompañar en esta empresa".
Apartes del discurso de Carlos Gaviria Díaz en el lanzamiento de la campaña por el Referendo contra la Ley de Transferencias.
Por: Luz Edith Cometa L.
Ante un público expectante en el pabellón No. 17 de Corferias, fue presentada ayer públicamente la campaña que busca realizar un nuevo Referendo en Colombia. Esta vez en el polo opuesto del fiasco del presidente Uribe Vélez hace 4 años, la iniciativa que deberá ser presentada antes de febrero de 2008 al Congreso de la República, preguntará al pueblo colombiano de manera clara y sin un lenguaje especializado, entre otras cosas, si quiere o no que la Ley de Transferencias sea revocada o que si quiere que los recursos sean administrados directamente por los gobernantes regionales y no por el gobierno desde el centro.
\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>Previo cumplimiento de los requisitos, la iniciativa quedó inscrita ante la Registraduría Nacional del Estado civil con la Res. No. 4231 del 13 de agosto de 2007, como una solicitud de Referendo Constitucional para garantizar la salud, la educación, el agua potable, el saneamiento básico y la descentralización administrativa, reforma a los art. 356 y 357 de la Constitución Nacional. \n\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>Según los coordinadores de la propuesta entre los que se encuentran, el Polo Democrático Alternativo PDA, el Partido Liberal Colombiano, la Federación Colombiana de Educadores Fecode, La Central Unitaria de Trabajadores CUT, La Confederación de Trabajadores de Colombia CTC, Las Autoridades Indígenas de Colombia AICO, la Federación Nacional de Asambleas Departamentales y los sindicatos del sector salud, es necesario fortalecer la descentralización sobre la base de recursos suficientes para garantizar la solución a todas las necesidades básicas, lo cual se resume en la propuesta de Referendo para que se vuelva a liquidar el sistema general de participaciones SGP con fundamento en los ingresos corrientes de la nación.\n\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>Teniendo en cuenta que según el art. 33 de la ley 134 de 1994 para poder radicar la solicitud de Referendo constitucional ante el Congreso por parte de un grupo de ciudadanos se debe contar con un numero de firmas no menor al 5% del total de las personas inscritas en el censo electoral correspondiente, que en el caso de Colombia es algo más de 3 millones, los impulsores de esta propuesta esperan sobrepasar ese número en los próximos 60 días, a pesar de tener un plazo de 6 meses, pero en ese caso, la propuesta no podría ser presentada al Congreso sino hasta la vigencia legislativa siguiente "y el freno a las reformas que impone el presidente a través de su para-mayoría en el congreso es más urgente" afirmaron miembros del comité promotor.\n\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>Por eso ayer en el lanzamiento de la campaña para recolectar las firmas en un acto protocolario los presidentes del Polo Democrático Alternativo PDA, Carlos Gaviria Díaz, el presidente del Partido Liberal Colombiano, César Gaviria Trujillo, el congresista, Jorge Enrique Avellaneda y demás representantes de las organizaciones se colocaron la camiseta por el Referendo y pusieron las primeras firmas de las más de 3 millones que deberán ser presentadas.\n",1]
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Previo cumplimiento de los requisitos, la iniciativa quedó inscrita ante la Registraduría Nacional del Estado civil con la Res. No. 4231 del 13 de agosto de 2007, como una solicitud de Referendo Constitucional para garantizar la salud, la educación, el agua potable, el saneamiento básico y la descentralización administrativa, reforma a los art. 356 y 357 de la Constitución Nacional.
Según los coordinadores de la propuesta entre los que se encuentran, el Polo Democrático Alternativo PDA, el Partido Liberal Colombiano, la Federación Colombiana de Educadores Fecode, La Central Unitaria de Trabajadores CUT, La Confederación de Trabajadores de Colombia CTC, Las Autoridades Indígenas de Colombia AICO, la Federación Nacional de Asambleas Departamentales y los sindicatos del sector salud, es necesario fortalecer la descentralización sobre la base de recursos suficientes para garantizar la solución a todas las necesidades básicas, lo cual se resume en la propuesta de Referendo para que se vuelva a liquidar el sistema general de participaciones SGP con fundamento en los ingresos corrientes de la nación.
Teniendo en cuenta que según el art. 33 de la ley 134 de 1994 para poder radicar la solicitud de Referendo constitucional ante el Congreso por parte de un grupo de ciudadanos se debe contar con un numero de firmas no menor al 5% del total de las personas inscritas en el censo electoral correspondiente, que en el caso de Colombia es algo más de 3 millones, los impulsores de esta propuesta esperan sobrepasar ese número en los próximos 60 días, a pesar de tener un plazo de 6 meses, pero en ese caso, la propuesta no podría ser presentada al Congreso sino hasta la vigencia legislativa siguiente "y el freno a las reformas que impone el presidente a través de su para-mayoría en el congreso es más urgente" afirmaron miembros del comité promotor.
Por eso ayer en el lanzamiento de la campaña para recolectar las firmas en un acto protocolario los presidentes del Polo Democrático Alternativo PDA, Carlos Gaviria Díaz, el presidente del Partido Liberal Colombiano, César Gaviria Trujillo, el congresista, Jorge Enrique Avellaneda y demás representantes de las organizaciones se colocaron la camiseta por el Referendo y pusieron las primeras firmas de las más de 3 millones que deberán ser presentadas.
\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>\u003cstrong\>Importancia del Referendo\u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>\u003cfont face\u003d\"Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif\" size\u003d\"3\"\>\u003cimg height\u003d\"136\" hspace\u003d\"5\" src\u003d\"http://colombia.indymedia.org/uploads/2006/04/carlos_gaviria_diaz.jpg\" width\u003d\"200\" align\u003d\"left\"\>\u003c/font\>Según el maestro Carlos Gaviria, ex candidato a la presidencia y actual presidente del PDA, esta iniciativa es una forma de rescatar la Constitución del 91 que para él fue "una nueva carta de ruta, sumamente aceptable, porque señaló las falencias del anterior sistema (Constitución de 1886) y mostró cual debía ser la ruta que debíamos recorrer para mejorar nuestro camino". Ahora, según coincide con el ex presidente César Gaviria, esa carta política está desdibujada y cada vez se pierden más sus beneficios democráticos y de derechos humanos fundamentales. La constitución del 91, "en la parte ateniente a los derechos como una etapa hacia la paz estaba garantizando derechos económicos, sociales, culturales que eran desconocidos dentro de nuestro constitucionalismo, los derechos a la salud, a la educación, fue un avance significativo, porque la situación lamentable que vivimos, tiene sus causas en la insatisfacción de las necesidades básicas de inmensos sectores de la población colombiana", afirmó Gaviria Díaz.\n\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>Otro de los reclamos que hará el Referendo es la autonomía de las entidades territoriales, ya que se basa en el concepto de la democracia autonomista que es descentralizadora, donde las comunidades locales y sus gobernantes son quienes deben determinar los gastos y necesitan recursos, contrario a lo que ocurre actualmente donde la disposición gubernamental es autoritaria, centralizadora y absorbente.\n\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"justify\"\>Con base en estas consignas todas las fuerzas políticas, sindicales y de organizaciones que le han apostado a un nuevo Referendo para Colombia, iniciaron la campaña que será presentada públicamente en cada departamento del país y en los medios de comunicación con el fin de convocar al constituyente primario a decidir sobre la inversión social que como afirman sus coordinadores es decisión de todos y no debe por ningún motivo estar en manos de un poder centralizado, vicio político que se ha venido incrementando aún más en el último periodo presidencial.\n",1]
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Importancia del Referendo
Según el maestro Carlos Gaviria, ex candidato a la presidencia y actual presidente del PDA, esta iniciativa es una forma de rescatar la Constitución del 91 que para él fue "una nueva carta de ruta, sumamente aceptable, porque señaló las falencias del anterior sistema (Constitución de 1886) y mostró cual debía ser la ruta que debíamos recorrer para mejorar nuestro camino". Ahora, según coincide con el ex presidente César Gaviria, esa carta política está desdibujada y cada vez se pierden más sus beneficios democráticos y de derechos humanos fundamentales. La constitución del 91, "en la parte ateniente a los derechos como una etapa hacia la paz estaba garantizando derechos económicos, sociales, culturales que eran desconocidos dentro de nuestro constitucionalismo, los derechos a la salud, a la educación, fue un avance significativo, porque la situación lamentable que vivimos, tiene sus causas en la insatisfacción de las necesidades básicas de inmensos sectores de la población colombiana", afirmó Gaviria Díaz.
Otro de los reclamos que hará el Referendo es la autonomía de las entidades territoriales, ya que se basa en el concepto de la democracia autonomista que es descentralizadora, donde las comunidades locales y sus gobernantes son quienes deben determinar los gastos y necesitan recursos, contrario a lo que ocurre actualmente donde la disposición gubernamental es autoritaria, centralizadora y absorbente. Con base en estas consignas todas las fuerzas políticas, sindicales y de organizaciones que le han apostado a un nuevo Referendo para Colombia, iniciaron la campaña que será presentada públicamente en cada departamento del país y en los medios de comunicación con el fin de convocar al constituyente primario a decidir sobre la inversión social que como afirman sus coordinadores es decisión de todos y no debe por ningún motivo estar en manos de un poder centralizado, vicio político que se ha venido incrementando aún más en el último periodo presidencial.

JUSTIFICACIÓN Y SIGNIFICADO DE UNA MESA DE TRABAJO JURÍDICO FRENTE AL CASO DEL CENTRO HOSPITALARIO SAN JUAN DE DIOS


Red Hospitalaria
Las personas representantes de diferentes organizaciones que trabajan en el campo del derecho, de los derechos humanos, sindical y de organizaciones sociales vinculadas a la defensa del HSJD, realizaron un primer ejercicio de expresión de expectativas y de justificación de la existencia de una mesa permanente para el diseño de una estrategia jurídica que se articule al proceso de exigibilidad social por el San de Dios de Todos. Se expresaron entre otras ideas.

Es necesario rescatar el aspecto público del problema del HSJD, para esto se requiere un espacio de trabajo jurídico.
Enmarcar el trabajo de la mesa dentro del modelo de salud implementado por el marco legal y reglamentario que rige la prestación del servicio y la reforma al sistema de seguridad social en salud que profundiza el modelo.
El trabajo de la mesa debe centrarse en la exigibilidad del derecho a la salud y la desmercantilización en la prestación del servicio.
Es necesario impulsar procesos de investigación científica y social para valorar los avances que el HSJD ha hecho históricamente al país y para precisar cuál ha sido el rol jugado por los diferentes actores comprometidos en la crisis.
El caso del HSJD también compromete una reflexión sobre el papel de la Universidad Nacional y el tipo de educación en salud que se desarrolló en el centro hospitalario y las implicaciones y cierre para la formación de los médicos en el país.
Ante la complejidad del problema es necesario definir que áreas o problemas específicos puede y debe trabajar un espacio jurídico como el proyectado.
A pesar de que la Sentencia del Consejo de Estado de Marzo de 2005 definió la naturaleza jurídica pública del HSJD, es necesario profundizar en esta naturaleza jurídica por ejemplo, conocer que lugar y qué tipo de entidad es dentro del organigrama de la Beneficiencia de Cundinamarca, si es una entidad con autonomía o esta adscrita, etc.
Por el significado histórico de San Juan de Dios y por sus aportes a la sociedad y a la educación en el país, una estrategia jurídica en defensa del San Juan de Dios se significa por sí misma. También lo justifica un deber ético y político como ciudadanos-as de defender lo público, de denunciar la dilapidación del patrimonio de la nación y reclamar la deuda histórica y social que produjo su crisis y cierre.
Es importante priorizar los temas y las acciones que pueda hacer la mesa en el corto y mediano plazo. Se requiere convocar a otras organizaciones y colectivos de trabajo jurídico que aporten desde sus experticias al proceso de exigibilidad.
Tener claridad que lo jurídico es un medio más en función del fin esencial de defender al San Juan de Dios como entidad pública.
Economizar el nivel de expectativas y de compromisos que puede tener la mesa jurídica, definir lo qué es posible y diferenciarlo de lo deseable.
La mesa debe construirse desde una perspectiva y enfoque de derechos humanos
Priorizar las acciones de tipo colectivo de alto impacto y no hacer litigio individual porque éste puede desbordar las capacidades de la mesa.
Mantener un contacto permanente con la organización social y sindical doliente del San Juan
Tener mecanismos de información hacia la comunidad y de concertación de acciones. Se necesita organizar en red.
Primero hay que politizar el problema antes de judializarlo, esto significa tener una comprensión clara de los diferentes aspectos de la problemática de la crisis del San Juan, para luego sí recomendar una metodología jurídica.
CARACTERIZACIÓN DE LA MESA DE TRABAJO TRABAJO JURÍDICO FRENTE AL CASO DELCENTRO HOSPITALARIO SAN JUAN DE DIOS
Puestas en conocimiento de los integrantes de la Mesa de Trabajo Jurídico las conclusiones preliminares sobre las expectativas y justificación de su trabajo, se procede con la caracterización de esta Mesa de Trabajo.
La caracterización de la Mesa de Trabajo Jurídico comprende la determinación de sus principios; forma de trabajo y de adoptar decisiones; los temas que abordará y sus líneas de acción.
Previo al desarrollo de la labor de caracterización, interviene el Dr. Javier Arroyo Hernández, quien presenta una síntesis cronológica de la problemática del Hospital San Juan de Dios, la cual se anexa en 25 folios a la relatoría de la Mesa de Trabajo Jurídico.
Se retoma la labor de caracterización de la Mesa con la siguiente propuesta:
La Mesa de Trabajo Jurídico es un espacio de reflexión, de debate, de propuesta y diseño de acciones comunes a la problemática del San Juan de Dios, sobre la base de la elaboración de una política pública de carácter democrático, entendida ésta como la defensa del Derecho Constitucional a la Salud, como bien público, en tanto que la institución es un patrimonio histórico y científico de los Colombianos y principalmente de los ciudadanos Bogotanos, asumiendo esta labor como parte de nuestro compromiso ético y profesional de construir una sociedad basada en el respeto a la dignidad humana y a la vigencia plena de las garantías ciudadanas y las libertades públicas.
Se adoptan como conclusiones sobre la caracterización de la Mesa de Trabajo Jurídico las siguientes:
1. Será un espacio de reflexión, propuesta y debate colectivo sobre loa dimensión jurídico-política de la crisis del Hospital San Juan de Dios (HSJD).
2. Trabajará desde un enfoque integral de los Derechos Humanos.
3. Será un espacio de aportes colectivos, de estudio y aprendizaje colaborativo, de intercambio de experiencias, para ir construyendo colectivamente el caso del HSJD.
4. Sus decisiones serán adoptadas por consenso, de manera motivada y razonada por parte de sus miembros integrantes.
5. Se priorizará lo colectivo a lo individual, se trabajará en el litigio de impacto buscando precedentes judiciales.
6. No será vocera de organizaciones o sectores sociales específicos, sus actuaciones estarán guiadas por un objetivo plural y democrático.
7. Se trabajará en la construcción de propuestas de alternativas de tipo jurídico y organizativo para el Hospital San Juan de Dios.

METODOLOGÍA PRELIMINAR DE LA MESA DE TRABAJO TRABAJO JURÍDICO
Para dar inicio a las labores por parte de la Mesa, fue adoptada la siguiente metodología:
ETAPAS
0. Preliminar o cero:
Consolidación de la integración de la Mesa por parte de diferentes grupos y organizaciones de trabajo jurídico.
I. Recuperación de memoria socio – jurídica:

Determinación del periodo de tiempo objeto del trabajo a realizar.
Ubicación de fuentes de información
Acopio de información para la construcción de una base de datos
Elaboración de matrices.
Diagnostico
Identificación de actores y roles
Identificación de intereses
Determinación y priorización de problemas socio jurídicos.

Comprensión colectiva.
II. Sistematización:

Desarrollo del trabajo de la Mesa
Información jurídicos
III. Formulación de hipótesis de trabajo.
IV. Cartografía jurídica:

Determinación de marco normativo, jurisprudencial y doctrinal.
Identificación de acciones jurídicas posibles y tiempos procésales
Riesgos jurídicos y políticos.
Identificación de acciones jurídicas procedentes a nivel internacional.
Propuesta de política pública frente al Hospital San Juan de Dios.
V. Socialización y consenso sobre litigio de impacto
Los tiempos y costos del proyecto serán objeto de evaluación inicial en las primeras cuatro sesiones de la Mesa de Trabajo, las cuales deberán realizarse en el transcurso de los dos meses siguientes al presente encuentro.